Ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) fue presentada queja en contra de la secretaria de Bienestar (SEBIEN) por la negativa a otorgar el beneficio de pensión para adultos mayores a una anciana de 73 años de edad, en franca violación del artículo Cuarto, párrafo 15 de la Constitución General de la Republica.
Correspondió al visitador adjunto de la oficina regional de la CNDH ubicada en la zona centro de Reynosa, Tamaulipas, Guillermo Esparza Guevara, recibir a familiares de la señora María Guadalupe Martínez Morales, quien, desde hace cuatro años, gestiona la pensión para adultos mayores sin lograrlo nunca pese a cumplir con los requisitos que estipula para tal efecto la secretaria de Bienestar.
En la queja formal contra los representantes locales y estatales de la Secretaría de Bienestar se deja en claro que la mencionada Martínez Morales ha tratado infructuosamente de inscribirse varias veces para la pensión de adultos mayores y no fue hasta el mes de diciembre de 2021 cuando finalmente le fue entregada la tarjeta de débito del banco del Bienestar, sin embargo, hasta la fecha nunca ha podido cobrar ni un solo bimestre.
Afirmaron familiares de la anciana, quien además es discapacitada, que en los módulos de Bienestar localizados en calle Aldama de la zona centro y en el Auditorio Municipal, nunca le han podido resolver su problema, limitándose a recomendarle que regrese en tres o cuatro meses a ver si ya se “arreglo” el asunto.
La queja fue recibida mediante el numero de servicio 17-03-lc-2023, de la representación regional de la CNDH
La representación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, acorde al protocolo aplicable en casos de agresión a garantías individuales, habrá de solicitar información sobre el caso de esta presunta violación de derechos humanos a Luis Miguel Iglesias, director regional de SEBIEN, así como a las representantes de la misma secretaria en Reynosa, Kenia Sáenz y Cristina Rodríguez.
Cabe señalar que ante la CNDH de este municipio no es la primera queja que se recibe contra la secretaría del Bienestar relacionada con la pensión del adulto mayor, y aunque la mayoría de ellas se han resuelto a favor de los ciudadanos, la sola existencia de quejas en contra de SEBIEN por idéntico motivo deja mal parados a quienes fueron designa dos precisamente para aterrizar la política social de la presidencia de la República a favor de los abuelitos.
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Artículo 4o. Párrafo 15 de la Constitución: Las personas mayores de sesenta y ocho años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la Ley. En el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos esta prestación se otorgará a partir de los sesenta y cinco años de edad.