Ciudad Victoria, Tamaulipas. A fin de garantizar una indemnización justo para particulares quienes resulten afectados en sus bienes por el Estado por causa de utilidad pública o interés social, el Diputado Local por el IV Distrito Electoral, Marco Antonio Gallegos Galván, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal o Limitación de Dominio para el Estado de Tamaulipas.
El legislador reynosense presentó al pleno legislativo la propuesta que permita a los poseedores de bienes, recibir una indemnización basada en el valor comercial y no catastral, cuando su patrimonio sea requerido para un bien común.
Recordó que el Código Civil del Estado de Tamaulipas señala que la propiedad es un derecho real, que otorga a una persona el poder jurídico para usar, gozar y disponer de un bien, dentro de las limitaciones que establecen las mismas leyes.
El Diputado señaló que la propiedad no puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño, salvo cuando sea por causa de utilidad pública y por medio de la indemnización correspondiente.
“El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho a la propiedad privada, aclarando, que el mismo no es absoluto, en virtud de que el Estado, como propietario originario de las tierras y aguas comprendidas en territorio nacional, puede restringir y delimitar su contenido, siempre que se trate de un fin social”, explicó el legislador por el IV Distrito.
Además, resaltó que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, señala que ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o que predomine un interés social.
“Ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido distintos criterios relacionados con la vía y forma de calcular dicha compensación al propietario del bien afectado”, precisó Gallegos Galván.
Resaltó que el Pleno del Décimo Noveno Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió que la indemnización justa por causa de expropiación, debe ser fijada atendiendo al valor comercial y no al valor catastral del inmueble, ya que de lo contrario provocaría que, por intervención del Estado, se empobrezca indebidamente al dueño del patrimonio.
“La presente acción legislativa tiene por objeto armonizar la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal o Limitación de Dominio para el Estado de Tamaulipas, con la reforma constitucional del 2011, en materia de derechos humanos; así como con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Ley de Expropiación Federal, con relación a la indemnización que deben recibir los particulares, cuando se les afecte en su propiedad privada por causas de utilidad pública”, finalizó el legislador morenista.