Por Jesús Rivera
Reynosa, Tamaulipas. El Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación, invocando el principio de exhaustividad, que marca el agotamiento de todos los recursos en un juicio, emitió sentencia en torno a la designación de Américo Villarreal Anaya como candidato único a Gobernador de Tamaulipas por el partido MORENA.
De esa manera, el asunto regresó al Tribunal Estatal de Tamaulipas (TRIELTAM) para que se revise en un plazo máximo de tres días, tras lo cual deberá sustentar los elementos que el TEPJF consideró insuficientes.
En un comunicado de la Sala Superior de esa instancia, se establece lo siguiente:
Por unanimidad de votos de los presentes, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (TRIELTAM) que, a su vez, confirmó la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) del partido Morena, relacionada con la designación de Américo Villarreal Anaya como candidato a la gubernatura de dicho estado.
Maki Esther Ortiz Domínguez, aspirante a la candidatura a la gubernatura de Tamaulipas por Morena, impugnó la determinación del Tribunal local, por considerar que este no atendió la totalidad de los argumentos presentados en contra del dictamen de registro de precandidatura única a la gubernatura.
En sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior del TEPJF determinó que la autoridad responsable no analizó la supuesta ilegalidad del dictamen de registro de precandidatura única a la gubernatura del estado de Tamaulipas para el Proceso Electoral local 2021-2022 emitido por la Comisión Nacional de Elecciones de Morena.
En ese sentido, toda vez que quedó demostrado el incumplimiento del Tribunal local con el principio de exhaustividad, el pleno de la Sala Superior revocó la sentencia local para que, en el plazo de tres días, la autoridad responsable emita una nueva resolución en la que se analicen los argumentos relacionados con el dictamen de registro de candidatura única (SUP-JDC-104/2022).