Dirección General: Jesús Rivera Zúñiga

Columnista Invitado

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Por oscar aldrete y García.

Algunos intelectuales opinan que, en un régimen presidencial la revocación de mandato no es lo ideal. Es más factible a su juicio, en sistemas parlamentarios o híbridos..
Argumentan que el presidente o titular del poder ejecutivo ” estaría al menos incómodo con esa amenaza latente”. Que Argumento mas simplista y falto de profundidad . Entiendo que no son precisamente doctos en regímenes constitucionales, y sus formas de gobierno, pero lo expresan en cadena nacional. en el demeritado programa ” tercer grado”, que transmite el decadente monopolio conocido como televisa.

Los mecanismos de democracia directa son insistituibles y necesarios en las democracias constitucionales, porque generan presión y materializan los contrapesos sociales, esenciales hoy día, para instituir el buen gobierno.

Es al revés, en los sistemas presidenciales( presidencialistas) son mucho más necesarios que en los sistemas parlamentarios o híbridos. Ejemplos ( el Reino Unido es una monarquía parlamentaria) ( por cierto es el único país que no tiene una constitución política escrita). Toman decisiones colegiadas. el parlamento , el primer ministro y el Rey . En un sistema presidencial las decisiones políticas ejecutivas muchas veces las toma un solo hombre. ( sistema presidencialista autoritario)
Por ello la revocación de mandato es oxigenante y fundamental para consolidar las libertades políticas de los ciudadanos de una república. Como es el caso del régimen político mexicano….

Seguimos en espera de la ley reglamentaria, que posibilitará la entrada en vigor de las 2 figuras de democracia directa elevadas a rango del texto constitucional…. REVOCACIÓN DE MANDATO Y CONSULTA POPULAR VINCULANTE…

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