Dirección General: Jesús Rivera Zúñiga

Senadurías “pluris” son de partido

COMPARTIR

EDITORIAL

En últimas fechas se abrió la discusión acerca de las candidaturas plurinominales, que en su tiempo fueron creadas para contrarrestar la hegemonía del PRI.

Mientras que las candidaturas de Mayoría Relativa (MR) tendrían que ser en teoría de ciudadanos o bases de un partido apoyados por la estructura de este, las candidaturas de Representación Proporcional (RP), también conocidas como plurinominales o, popularmente, “pluris”, son patrimonio exclusivo de los partidos.

Los candidatos MR ganan una elección cuando tienen la mayoría de votos, o votación directa; los RP se calculan en base a la cantidad de votos que obtiene el partido político.

Este sistema se pensó para garantizar que las minorías políticas del país también tuvieran representación en la Cámara de Diputados, en la de Senadores y en los Congresos Locales.

De esa manera, el 22 de junio de 1963 se publicó la Reforma al Artículo 54 de la Constitución donde se estableció que los partidos políticos participantes en una elección que obtuvieran el 2.5% de la votación total, contaría con 5 diputados federales, uno por cada 0.5%.

En el caso de los senadores, el país se dividió en 5 circunscripciones, donde cada partido postuló su propia fórmula.

EL CASO DE MAKI ORTIZ

El caso de la hoy Senadora suplente electa, Maki Ortiz Domínguez ilustra los alcances de este sistema de representación popular.

El Partido Verde Ecologista la registró como candidata suplente al Senado de la candidata titular por San Luis Potosí por el principio de Representación Proporcional, Ruth González, quien a su vez fue registrada para senadora por el principio de Mayoría Relativa.

Al haber triunfado por los dos principios, Ruth González, quien es esposa del Gobernador de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo no podrá ejercer las dos senadurías al mismo tiempo, así que será necesario que renuncie a una de ellas y deje a su suplente la curul que corresponde.

A la fecha se tiene como certeza de que un candidato que es electo por ambos principios debe privilegiar el de votación directa o Mayoría Relativa, ya que se trata de la voluntad ciudadana, y dejar a su suplente la de Representación Proporcional, en este caso, Maki Ortiz Domínguez.

Fue una jugada de triple banda surgida del llamado “Plan C” donde la coalición de MORENA-PT y el Partido Verde buscaban obtener la mayor cantidad posible de escaños tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores.

La senaduría que quedará en manos de la reynosense Maki Ortiz, por consiguiente, es una posición política del Partido Verde, pero además, no solo representará a San Luis Potosí, sino a toda la Segunda Circunscripción, que incluye los Estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y Tamaulipas.

(En la foto, Maki Ortiz Domínguez con el flamante Coordinador de Senadores del PVEM y Presidente de ese partido, Manuel Velasco Coello).